¿Has sufrido algún accidente laboral?

Si ha sufrido una lesión en su trabajo, ¡podría tener derecho a una indemnización! Según la ley de Compensación Laboral de California, los empleadores del estado deben proporcionar cobertura de seguro de Compensación Laboral para proteger a sus trabajadores. Existen diversas situaciones en las que puede presentar una reclamación de beneficios a través de su empleador. Nuestro equipo está aquí para guiarle durante todo el proceso. Si ha resultado lesionado en un accidente laboral, ¡permítanos representarlo! Llame al Bufete de Abogados de Reuben J. Felstiner al 310-572-1664 para programar una consulta.
Especializados en los siguientes escenarios de compensación laboral:
- Accidentes laborales
- Caídas desde escaleras
- Lesiones de cadera
- Resbalones y caídas
- sobreesfuerzo
- Violencia en el lugar de trabajo
- Enfermedad ocupacional
- Accidentes en la construcción
- Accidentes en fábricas y líneas de montaje
- Lesiones por movimientos repetitivos
- Accidentes automovilísticos relacionados con el trabajo
- ¡Y mucho más!


Divulgación detallada al cliente de la información relativa a las prestaciones por compensación laboral, la obligación y el reconocimiento por parte del cliente
En una reclamación de indemnización laboral, deben determinarse dos factores.
1. El tema de las lesiones derivadas del empleo y del curso del empleo:
Una vez que se presenta un Formulario de Reclamación del Empleado ante el empleador, la compañía de seguros puede aceptar la reclamación, denegarla o retrasarla durante noventa (90) días mientras investiga la reclamación.
Si la aseguradora retrasa la reclamación, solo tendrá que proporcionar el tratamiento médico aprobado por la revisión de utilización. La aseguradora no tendrá que pagar ninguna prestación por incapacidad temporal.

2. Prestaciones por compensación laboral:
Actualmente, existen cuatro prestaciones disponibles para los trabajadores lesionados en California. Dichas prestaciones son las siguientes:
A. Tratamiento médico y posible tratamiento médico futuro:
Tratamiento actual:
El derecho a la atención y el tratamiento médico está controlado por la aseguradora de compensación laboral. Las prestaciones por atención y tratamiento médico se han visto gravemente limitadas como consecuencia de las reformas a la compensación laboral implementadas por el Gobernador.
La compañía de seguros controla el derecho al tratamiento médico y los médicos no proporcionarán tratamiento médico a menos que este esté autorizado por la compañía de seguros.
Si la aseguradora de compensación laboral o el empleador ha establecido una Red de Proveedores Médicos, el trabajador lesionado debe recibir tratamiento con un médico que forme parte de dicha red. Si el trabajador lesionado recibe tratamiento con un médico ajeno a la Red de Proveedores Médicos, la aseguradora de compensación laboral no reconocerá que las opiniones y los beneficios de dicho médico no estarán cubiertos.
Si el empleador no cuenta con una red de proveedores médicos, el trabajador lesionado podrá designar a su propio médico después de treinta días a partir de la fecha de la lesión.
La cantidad de sesiones de fisioterapia y quiropráctica está estrictamente limitada a 24 sesiones de fisioterapia por lesión, 24 sesiones de quiropráctica por lesión y 24 sesiones de terapia ocupacional por lesión. La aseguradora de compensación laboral puede autorizar más sesiones si lo considera necesario, pero generalmente no lo hace.
El derecho a recibir tratamiento médico lo determina la aseguradora de compensación laboral a través de su empresa de revisión de utilización. La revisión de utilización es el proceso mediante el cual un médico o enfermero revisa la recomendación del médico tratante para determinar si la aseguradora de compensación laboral autorizará el tratamiento.
Si la empresa de revisión de utilización “certifica” el tratamiento, entonces el tratamiento quedará autorizado.
Si la empresa de revisión de utilización “no certifica” el tratamiento, la aseguradora de compensación laboral no lo proporcionará y el médico tratante deberá apelar la “no certificación” enviando una apelación a la empresa de revisión de utilización con información médica detallada que justifique por qué debe proporcionarse el tratamiento.
Si se vuelve a denegar el tratamiento, el trabajador lesionado tendrá que ser examinado por un médico forense cualificado designado por el Estado o por un médico forense acordado (este proceso puede durar meses).
Tratamiento médico futuro:
El derecho a la atención médica futura una vez resuelto su caso será determinado por un médico forense acordado (un médico que su abogado y la compañía de seguros acuerdan utilizar para resolver los problemas o la disputa) o por un médico forense calificado designado por el estado.
B. Prestaciones por incapacidad temporal:
B. Temporary Disability Benefits:
Si la compañía de seguros acepta (admite) la reclamación por accidente laboral y los médicos tratantes determinan que el trabajador lesionado no puede trabajar (incapacidad total temporal), entonces la compañía de seguros pagará prestaciones por incapacidad temporal.
Si el médico le da la baja laboral, ENTONCES ES SU RESPONSABILIDAD INFORMAR A SU EMPLEADOR DE SU BAJA LABORAL ENTREGÁNDOLE LOS justificantes de baja o de trabajo modificado.
Las prestaciones por incapacidad temporal se abonan a razón de dos tercios (2/3) del salario semanal promedio del trabajador lesionado (IMPORTANTE: LA DURACIÓN DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL ES LIMITADA). LA ASEGURADORA DE COMPENSACIÓN LABORAL SOLO ESTÁ OBLIGADA A PAGAR 104 SEMANAS DE PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL.
LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL SE PAGARÁN DURANTE UN MÁXIMO DE 2 AÑOS O 104 SEMANAS A PARTIR DE LA FECHA DEL PRIMER PAGO SI LA LESIÓN OCURRIÓ ENTRE EL 17 DE ABRIL DE 2004 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007.
Si su médico indica en su certificado de incapacidad que está autorizado para realizar tareas adaptadas, es su responsabilidad notificar a su empleador entregándole dicho certificado para que evalúe si está dispuesto a ofrecerle un trabajo adaptado. Si el empleador está dispuesto a ofrecerle un trabajo adaptado y usted decide no reincorporarse, no recibirá las prestaciones por incapacidad temporal y el empleador podría despedirlo.
EL TRABAJADOR LESIONADO SIEMPRE DEBE INTENTAR PRESENTAR UNA SOLICITUD DE PRESTACIONES ESTATALES POR INCAPACIDAD CUANDO OCURRA LA LESIÓN LABORAL.
Las prestaciones estatales por discapacidad son pagadas por el Departamento de Desarrollo del Empleo del Estado de California. Para solicitarlas, se debe completar una solicitud estatal por discapacidad (dos partes: una por el trabajador lesionado y otra por el médico).
Si no solicita inmediatamente después de la lesión los beneficios estatales por discapacidad, quedará excluido (debe solicitarlos dentro de los 47 días posteriores al evento que da derecho a ellos, la lesión).
C. Incapacidad permanente o deficiencia permanente:
Incapacidad permanente o deficiencia permanente:
Las prestaciones por incapacidad permanente o discapacidad permanente son la indemnización que se paga cuando un trabajador lesionado no se recupera completamente de una lesión relacionada con el trabajo.
La discapacidad o incapacidad permanente la determina el médico al dar de alta al trabajador lesionado. El análisis de las consecuencias a largo plazo de una lesión se determina mediante uno o varios de los siguientes factores:
- Médico tratante
- Médico forense acordado
- Médico forense calificado por el panel estatal
D. Vale educativo:
Si los médicos indican que el trabajador lesionado no puede regresar al trabajo, entonces el trabajador lesionado puede tener derecho al Bono Educativo.

¿Qué otros beneficios puedo tener derecho además de la indemnización por accidente laboral?
A. Seguridad Social:
Si usted está totalmente incapacitado y no puede trabajar de ninguna manera durante un año completo, podría tener derecho a las Prestaciones por Incapacidad del Seguro Social, además de las prestaciones por accidente laboral. Consulte con su oficina local del Seguro Social después del quinto mes de incapacidad si prevé que estará incapacitado durante al menos un año. Si desea solicitar las Prestaciones por Incapacidad del Seguro Social, deberá completar la solicitud (la información está disponible en línea). Si su solicitud es rechazada, infórmeme de inmediato para que pueda recomendarle un abogado que le ayude a presentar una apelación. Las denegaciones suelen revocarse en apelación.
B. Prestaciones estatales por discapacidad:
Si usted está incapacitado y no recibe las prestaciones por incapacidad temporal de la compensación laboral, o si acaba de presentar el informe de lesiones, debe solicitar las prestaciones estatales por incapacidad al Departamento de Desarrollo del Empleo. Es posible que pueda recibir pagos estatales por incapacidad mientras espera que la aseguradora de compensación laboral determine si tiene derecho a las prestaciones por incapacidad temporal. Usted y su médico deben completar la solicitud de prestaciones estatales por incapacidad y enviarla al Departamento de Desarrollo del Empleo. Tenga en cuenta que no tiene derecho a recibir simultáneamente las prestaciones por incapacidad temporal y las estatales (a menos que su tasa de incapacidad estatal sea mayor, en cuyo caso puede recibir la diferencia). Recomiendo a todos mis clientes que soliciten las prestaciones estatales por incapacidad.
C. Seguro privado u otro tipo de seguro:
Si usted está incapacitado para trabajar, es posible que tenga cobertura a través de otros seguros de incapacidad, como los de incapacidad temporal o permanente, o los seguros de hogar, automóvil o de tarjetas de crédito. Consulte con su departamento de recursos humanos o, si pertenece a un sindicato, con el asesor de beneficios sindicales para obtener más información. En algunos casos, estas prestaciones pueden compensarse con las de su seguro de compensación laboral. Es recomendable obtener una copia de su póliza de seguro de la compañía aseguradora.
D. Sistema de Jubilación de Empleados Públicos:
Póngase en contacto con su representante sindical o con el departamento de personal para obtener más información sobre estos beneficios.
Recomendaciones y consideraciones importantes que el cliente debe explorar y solicitar después de una lesión laboral:
- Solicite lo antes posible las prestaciones estatales por discapacidad a través del departamento de desarrollo del empleo (EDD);
- Es responsabilidad del cliente mantener informado a su empleador sobre su situación laboral (es decir, debe entregarle a su empleador un justificante de baja laboral o de trabajo modificado después de su cita con el médico); no mantener informado a su empleador puede conllevar el despido;
- Si la lesión laboral resulta en más de un par de meses de incapacidad, solicite las prestaciones por incapacidad del Seguro Social ante la administración del Seguro Social;
- Si usted está cubierto o tiene una póliza de incapacidad a corto o largo plazo (privada o con su empleador), debe solicitar los beneficios a corto o largo plazo de inmediato;
- Tenga en cuenta que las prestaciones por incapacidad temporal pagadas por la aseguradora solo se abonarán durante 2 años (104 semanas), independientemente de la gravedad de la lesión laboral;


Es importante notificar a mi oficina si:
- Has regresado al trabajo o has cambiado de situación laboral o de empleo;
- Su médico le ha dado el alta para volver al trabajo;
- Usted tiene una nueva lesión o cualquier reincidencia, independientemente de la causa (accidente automovilístico, accidente doméstico o nueva lesión debido a su lesión laboral), ya que esta información es relevante para su caso pendiente de lesión laboral.

Para averiguar si tiene un caso,
¡Llame al bufete de abogados de Reuben J. Felstiner!
Si cree tener un caso, ¡llame hoy mismo a nuestros abogados! Podemos representarlo legalmente y ayudarlo a obtener los beneficios a los que tiene derecho. Estamos aquí para ayudarle a obtener la compensación total que merece. Programe su consulta hoy mismo llamándonos al 310-572-1664.
