Ley de compensación laboral en Los Ángeles, California y alrededores.


Workers' Compensation law in California

Si ha sufrido una lesión en el trabajo, ¡podría tener derecho a una indemnización! Según la ley de Compensación Laboral de California, los empleadores del estado deben proporcionar cobertura de seguro de Compensación Laboral para proteger a sus trabajadores. Existen diversas situaciones en las que puede presentar una reclamación de beneficios a través de su empleador. Nuestro equipo está aquí para guiarle en este proceso. ¡Permítanos representarle en su caso de accidente laboral si ha sufrido una lesión! Llame al Bufete de Abogados de Reuben J. Felstiner al 310-572-1664 para programar una consulta.

Especializados en los siguientes escenarios de compensación laboral:

  • Accidentes laborales
  • Caídas desde escaleras
  • Lesiones de cadera
  • Resbalones y caídas
  • Esfuerzo excesivo
  • Violencia en el lugar de trabajo
  • Enfermedades profesionales
  • Accidentes de construcción
  • Accidentes en fábricas y líneas de montaje
  • Lesiones por movimientos repetitivos
  • Accidentes de tráfico relacionados con el trabajo
  • ¡Y mucho más!
Industrial workplace accident
Workers’ Compensation Benefits

Divulgación detallada al cliente de información relativa a las prestaciones por compensación laboral, las obligaciones y el reconocimiento por parte del cliente.

Hay dos factores que deben determinarse en una reclamación de indemnización laboral.

1. La cuestión de las lesiones derivadas del empleo y del curso del mismo:

Workers’ Compensation Claim

2. Prestaciones por compensación laboral:

Actualmente, en California existen cuatro beneficios disponibles para los trabajadores lesionados. Los beneficios son los siguientes:

  • A. Tratamiento médico y posibles tratamientos médicos futuros:

    Tratamiento actual:

    El derecho a la atención y el tratamiento médico está controlado por la compañía de seguros de compensación laboral. Los beneficios de atención y tratamiento médico se han visto gravemente limitados como resultado de las reformas de compensación laboral implementadas por el gobernador.


    La compañía de seguros controla el derecho a recibir tratamiento médico y los médicos no lo proporcionarán a menos que esté autorizado por la aseguradora.


    Si la compañía de seguros de compensación laboral o el empleador han establecido una Red de Proveedores Médicos, el trabajador lesionado debe ser atendido por un médico que forme parte de dicha red. Si el trabajador lesionado acude a un médico que no pertenece a la Red de Proveedores Médicos, la compañía de seguros de compensación laboral no reconocerá las opiniones ni los beneficios del médico.


    Si el empleador no cuenta con una red de proveedores médicos, el trabajador lesionado puede designar a su propio médico después de treinta días a partir de la fecha de la lesión.


    La cantidad de sesiones de fisioterapia y quiropráctica está estrictamente limitada a 24 sesiones de fisioterapia por lesión, 24 sesiones de quiropráctica por lesión y 24 sesiones de terapia ocupacional por lesión. La compañía de seguros de compensación laboral puede autorizar más sesiones si lo desea, pero en la mayoría de los casos no lo hará.


    El derecho a recibir tratamiento médico lo determina la compañía aseguradora de compensación laboral a través de su empresa de revisión de utilización. La revisión de utilización es el proceso mediante el cual un médico o enfermero revisa la recomendación del médico tratante para determinar si la compañía aseguradora autorizará el tratamiento.


    Si la empresa de revisión de utilización "certifica" el tratamiento, entonces el tratamiento será autorizado.


    Si la empresa de revisión de utilización "no certifica" el tratamiento, la aseguradora de compensación laboral no proporcionará el tratamiento y el médico tratante deberá apelar la "no certificación" enviando una apelación a la empresa de revisión de utilización, donde se exponga información médica detallada que justifique por qué se debe proporcionar el tratamiento.


    Si se le niega el tratamiento nuevamente, el trabajador lesionado tendrá que ser examinado por un médico forense calificado designado por el estado o por un médico forense acordado (este proceso puede tardar meses).


    Tratamientos médicos futuros:

    El derecho a recibir atención médica en el futuro, una vez que se resuelva su caso, será determinado por un médico examinador acordado (un médico que su abogado y la compañía de seguros acuerden utilizar para resolver los problemas o la disputa) o por un médico examinador calificado designado por el estado.

  • B. Prestaciones por incapacidad temporal:

    B. Temporary Disability Benefits:

    Si la compañía de seguros acepta (admite) la reclamación por accidente laboral y los médicos tratantes determinan que el trabajador lesionado no puede trabajar (incapacidad total temporal), entonces la compañía de seguros pagará las prestaciones por incapacidad temporal.


    Si el médico le da la baja laboral, ENTONCES ES SU RESPONSABILIDAD MANTENER A SU EMPLEADOR INFORMADO SOBRE SU ESTADO DE BAJA LABORAL ENTREGANDO LOS COMPROBANTES DE BAJA LABORAL O DE TRABAJO MODIFICADO A SU EMPLEADOR.


    Las prestaciones por incapacidad temporal se pagan a dos tercios (2/3) del salario semanal promedio del trabajador lesionado (LIMITACIONES MUY IMPORTANTES SOBRE LA DURACIÓN DE LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL). LA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE COMPENSACIÓN LABORAL SOLO TIENE QUE PAGAR 104 SEMANAS DE PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL.


    LAS PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL SE PAGAN POR UN PERIODO MÁXIMO DE 2 AÑOS O 104 SEMANAS A PARTIR DE LA FECHA DEL PRIMER PAGO SI LA LESIÓN SE PRODUJO ENTRE EL 17 DE ABRIL DE 2004 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007.


    Si su médico indica en su certificado de incapacidad que usted está autorizado a realizar tareas modificadas, es su responsabilidad notificar a su empleador entregándole dicho certificado para que este pueda ofrecerle dichas tareas. Si el empleador acepta ofrecerle tareas modificadas y usted decide no regresar al trabajo, no recibirá la prestación por incapacidad temporal y el empleador podría rescindir su contrato.


    EL TRABAJADOR LESIONADO SIEMPRE DEBE INTENTAR PRESENTAR UNA SOLICITUD DE PRESTACIONES ESTATALES POR DISCAPACIDAD CUANDO SE PRODUZCA LA LESIÓN LABORAL.


    Las prestaciones estatales por discapacidad son abonadas por el Departamento de Desarrollo del Empleo del Estado de California. Para solicitarlas, se debe completar una Solicitud Estatal por Discapacidad (que consta de dos partes: una para el trabajador lesionado y otra para el médico).


    Si no solicita inmediatamente después de la lesión las prestaciones estatales por discapacidad, no podrá optar a ellas (debe solicitarlas dentro de los 47 días posteriores al evento que da derecho a la prestación, la lesión).

  • C. Discapacidad permanente o deterioro permanente:

    Discapacidad permanente o deficiencia permanente:

    Las prestaciones por incapacidad permanente o deterioro permanente son la indemnización que se paga cuando un trabajador lesionado no se recupera por completo de una lesión relacionada con el trabajo.


    La incapacidad permanente o el deterioro permanente lo determina el médico cuando un trabajador lesionado recibe el alta médica. El análisis de las consecuencias duraderas de una lesión se determina mediante uno o una combinación de los siguientes criterios:

    • Médico tratante
    • Médico examinador designado
    • Médico examinador calificado por el panel estatal
  • D. Bono educativo:

    Si los médicos indican que el trabajador lesionado no puede regresar al trabajo, entonces dicho trabajador podría tener derecho al bono educativo.

additional benefits for workers' compensation claims

¿A qué otras prestaciones puedo tener derecho además de la indemnización por accidente laboral?

  • A. Seguridad Social:

    Si usted está totalmente incapacitado y no puede trabajar durante un año completo, podría tener derecho a las prestaciones por incapacidad del Seguro Social, además de las prestaciones por incapacidad laboral. Consulte con su oficina local del Seguro Social después del quinto mes de incapacidad si prevé que estará incapacitado durante al menos un año. Si desea solicitar las prestaciones por incapacidad del Seguro Social, deberá completar la solicitud (puede encontrar información en línea). Si su solicitud es rechazada, avíseme de inmediato para que pueda derivarlo a un abogado que lo ayude a presentar una apelación. Las denegaciones suelen ser revocadas en apelación.

  • B. Prestaciones estatales por discapacidad:

    Si usted tiene una discapacidad y no recibe beneficios por incapacidad temporal de la Compensación Laboral, o si acaba de presentar el informe de lesiones, debe solicitar los beneficios estatales por incapacidad al Departamento de Desarrollo del Empleo. Es posible que pueda recibir pagos estatales por incapacidad mientras espera que la aseguradora de compensación laboral determine su derecho a los beneficios de compensación laboral (beneficios por incapacidad temporal). Usted y su médico deben completar la solicitud de beneficios estatales por incapacidad y presentarla al Departamento de Desarrollo del Empleo. Tenga en cuenta que no tiene derecho a recibir tanto beneficios por incapacidad temporal como beneficios estatales por incapacidad (a menos que su tasa de beneficios estatales por incapacidad sea mayor, en cuyo caso puede recibir la diferencia). Recomiendo a todos mis clientes que soliciten los beneficios estatales por incapacidad.

  • C. Seguro privado u otro tipo de seguro:

    Si no puede trabajar debido a una incapacidad, podría estar cubierto por otros seguros de invalidez, como seguros de invalidez a corto o largo plazo, así como seguros de invalidez para vivienda, automóvil o tarjetas de crédito. Consulte con su departamento de recursos humanos o, si pertenece a un sindicato, con el asesor de beneficios sindicales para obtener más información. En algunos casos, estos beneficios podrían compensarse con los beneficios de la indemnización laboral. Es recomendable obtener una copia de su póliza de seguro de la compañía aseguradora.

  • D. Sistema de Jubilación de Empleados Públicos:

    Póngase en contacto con su representante sindical o con el departamento de personal para obtener más información sobre estos beneficios.

Recomendaciones y consideraciones importantes que el cliente debe explorar y solicitar tras una lesión laboral:

  1. Solicite lo antes posible los beneficios estatales por discapacidad a través del departamento de desarrollo del empleo (EDD);
  2. Es responsabilidad del cliente mantener informado a su empleador sobre su situación laboral (es decir, debe entregar a su empleador justificantes de ausencia laboral o de trabajo modificado después de su cita con el médico); no mantener informado a su empleador puede conllevar la rescisión del contrato.
  3. Si la lesión laboral va a ocasionar más de un par de meses de incapacidad, solicite las prestaciones por incapacidad del Seguro Social ante la Administración del Seguro Social;
  4. Si usted está cubierto o tiene una póliza de incapacidad a corto o largo plazo (privada o con su empleador), debe solicitar los beneficios a corto o largo plazo de inmediato;
  5. Tenga en cuenta que las prestaciones por incapacidad temporal pagadas por la aseguradora solo se abonarán durante 2 años (104 semanas), independientemente de la gravedad de la lesión laboral;
work-related injury by Law Offices of Reuben J. Felstiner
Emergency accident at workplace

Es importante notificar a mi oficina si:

  1. Has regresado al trabajo o has cambiado de situación laboral o de empleo;
  2. Su médico le ha dado el alta para volver al trabajo;
  3. Usted ha sufrido una lesión nueva o una recaída, independientemente de la causa (accidente automovilístico, accidente doméstico o nueva lesión debido a su lesión laboral), ya que esta información es relevante para su caso pendiente de lesión laboral.
Workplace injury law

Para saber si tiene un caso,

¡Llame al bufete de abogados de Reuben J. Felstiner!

Si cree que tiene un caso, ¡llame hoy mismo a nuestros abogados! Podemos representarlo en el litigio y ayudarle a obtener los beneficios a los que tiene derecho. Estamos aquí para ayudarle a obtener la compensación completa que le corresponde. Programe su consulta hoy mismo llamando al 310-572-1664.